El director regional del Servicio Electoral (Servel) en La Araucanía, Carlos Zurita, advirtió que no emitir su voto el próximo 7 de mayo por desconocer su mesa de votación, no eximirá a los electores de la multa que acarrea no cumplir con el sufragio obligatorio y que asciende a entre 0,5 y 3 unidades tributarias mensuales (UTM), es decir, entre 30.000 y 185.000 pesos.
Zurita informó que el próximo 7 de abril se reunirán las Juntas Electorales para nombrar a los delegados que van a estar a cargo de los locales de votación, hacer el sorteo de los vocales de mesa y de los miembros de los colegios escrutadores. Los resultados de estas reuniones serán publicados el sábado 15 de abril.
“Es muy importante para la ciudadanía —dijo Carlos Zurita— que a partir del lunes 17, martes 18, miércoles 19 (de abril) se inicia el período que tienen las personas para poder excusarse en el caso de que hayan sido sorteados como vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores; ese trámite se realiza, única y exclusivamente, en las Juntas Electorales”.
Tras la presentación de las excusas se publicará una nueva lista el 22 de abril, con las personas que fueron excusadas y con las que no fueron afectados. “Es muy importante —agregó— que las personas estén revisando sus datos electorales y aquí un llamado a toda la ciudadanía para que consulte los datos electorales en la páginas del Servicio Electoral porque, eventualmente, pudiera haber alguna modificación en su mesa o local de votación; hay que recordar que las votaciones son de carácter obligatorio y por lo tanto, aquellas personas que no tienen una justificación que la ley contempla, eventualmente estarían sujetas a una multa; lo mismo ocurre para aquellas personas que habiendo sido sorteadas como vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores, si no cumplen, también son objeto de eventual multa por parte del Juzgado de Policía Local”.
Es importante resaltar que en La Araucanía hay 9 Juntas Electorales, cuyos teléfonos y direcciones pueden consultarse en www.servel.cl.
Campaña electoral vigente
Con respecto al cronograma electoral de cara a la lección de los consejeros constitucionales próximo 7 de mayo, el director Zurita manifestó que en él están establecidos todos los plazos legales que establece la normativa y dentro de los cuales ya está, por ejemplo, rigiendo todo lo que se refiere a la campaña electoral.
“El 8 de marzo —precisó— partió la propaganda electoral por medio de prensa y radioemisoras y el día 7 de abril inicia el período de propaganda que se desarrolla a través de los espacios públicos o los espacios que se definen como los domicilios de personas particulares; hago la precisión de domicilios particulares porque la ley no contempla la propaganda en domicilios comerciales o a través de empresas, las personas jurídicas no pueden hacer propaganda electoral, solamente las personas particulares, privadas, ciudadanos comunes, en sus domicilios, si pueden tener propaganda electoral y que la ley regula, además, en superficies de 6 metros cuadrados, puede ser 3×2 (metros), 2×3 o 6×1”.
El proceso de propaganda electoral culminará el jueves 4 de mayo.